Las Reformas Antilavado 2025 en México: Un Cambio de Juego para Todas las Empresas con Operaciones o negocios en el país
- contacto2863
- 3 sept
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Informe Ejecutivo
El 16 de julio de 2025, el gobierno mexicano promulgó la reforma más amplia en más de una década a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). No se trata de un simple ajuste: representa un cambio estructural en el panorama corporativo y de cumplimiento normativo.
Las modificaciones amplían de manera radical el universo de sujetos regulados, imponen nuevas y estrictas obligaciones y, lo más relevante, establecen responsabilidad personal directa para directores y administradores. Toda corporación con operaciones o negocios en México debe conocer y prepararse para este nuevo marco.
Puntos Clave de la Reforma
1. El Fin de las Exenciones: Prácticamente Todas las Empresas Son Sujetos Obligados
El cambio más trascendente es la expansión de lo que se considera una “Actividad Vulnerable”. Antes existían umbrales de ingresos que excluían a muchas compañías. Dichos límites se eliminan, lo que arrastra a un gran número de empresas previamente exentas hacia la obligación de cumplir.
Venta de bienes: ahora cualquier entidad que venda productos de manera habitual se convierte en sujeto regulado, más allá de inmuebles, autos o joyería.
Nuevas actividades sujetas:a) Gobierno corporativo: actos como juntas de consejo, mantenimiento de libros sociales y funciones administrativas.b) Servicios profesionales: legales, contables, financieros y de consultoría corporativa cuando gestionan activos o facilitan transacciones.c) Comercio internacional: toda actividad de importación y exportación, sin importar monto o volumen.
👉 En resumen: si tu entidad legal opera en México, lo más probable es que ahora esté obligada por la LFPIORPI.
2. Programas de Cumplimiento: De un Trámite a una Función Central del Negocio
Un manual genérico ya no basta. La ley exige un Programa de Cumplimiento formal, dinámico y basado en riesgos.
Implementación obligatoria para cada sujeto regulado.
Adaptación específica a los riesgos del sector, clientes, región y canales de operación.
Mínimos reforzados: evaluación de riesgos, listas de sanciones y PEPs, protocolos de escalamiento y reporte de operaciones inusuales.
3. Responsabilidad de Directores y Administradores: Ahora es Personal
La reforma establece un Deber de Supervisión para directores y altos ejecutivos.
Pueden ser responsables solidarios y personales por sanciones si el Programa de Cumplimiento no es efectivo.
El Consejo de Administración o Comité de Auditoría debe aprobarlo anualmente y dejar constancia en actas.
4. Reportes y Facultades de la UIF Reforzadas
Estructuras complejas: obligación de reportar a la UIF cualquier uso de fideicomisos o vehículos que oculten al beneficiario final.
Órdenes de congelamiento: la UIF puede ordenar directamente la inmovilización de activos o suspensión de operaciones sin orden judicial.
5. Sanciones Más Severas
El costo del incumplimiento se eleva de manera drástica:
Multas hasta por el 10% de los ingresos brutos anuales.
Suspensión de operaciones de 90 días a 5 años.
Inhabilitación de representantes legales.
Mayor riesgo de extinción de dominio sobre los bienes de la empresa.
Conclusión
Las reformas a la LFPIORPI 2025 marcan el inicio de una nueva era de responsabilidad corporativa en México. El cumplimiento ya no es un trámite administrativo: es una prioridad estratégica y un deber de la alta dirección.
En Ojeda y Caro Abogados podemos ayudarte a diseñar un plan de acción inmediato para determinar si tus operaciones caen dentro de la definición ampliada de Actividades Vulnerables y para implementar un Programa de Cumplimiento sólido.
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Aviso Legal: Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. La aplicación de la ley depende de las circunstancias específicas de cada caso. Se recomienda contar con asesoría especializada en materia corporativa y de cumplimiento en México.
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