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Las Reformas Antilavado 2025 en México: Un Cambio de Juego para Todas las Empresas con Operaciones o negocios en el país

  • contacto2863
  • 3 sept
  • 3 Min. de lectura

Informe Ejecutivo

El 16 de julio de 2025, el gobierno mexicano promulgó la reforma más amplia en más de una década a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). No se trata de un simple ajuste: representa un cambio estructural en el panorama corporativo y de cumplimiento normativo.

Las modificaciones amplían de manera radical el universo de sujetos regulados, imponen nuevas y estrictas obligaciones y, lo más relevante, establecen responsabilidad personal directa para directores y administradores. Toda corporación con operaciones o negocios en México debe conocer y prepararse para este nuevo marco.

Puntos Clave de la Reforma

1. El Fin de las Exenciones: Prácticamente Todas las Empresas Son Sujetos Obligados

El cambio más trascendente es la expansión de lo que se considera una “Actividad Vulnerable”. Antes existían umbrales de ingresos que excluían a muchas compañías. Dichos límites se eliminan, lo que arrastra a un gran número de empresas previamente exentas hacia la obligación de cumplir.

  • Venta de bienes: ahora cualquier entidad que venda productos de manera habitual se convierte en sujeto regulado, más allá de inmuebles, autos o joyería.

  • Nuevas actividades sujetas:a) Gobierno corporativo: actos como juntas de consejo, mantenimiento de libros sociales y funciones administrativas.b) Servicios profesionales: legales, contables, financieros y de consultoría corporativa cuando gestionan activos o facilitan transacciones.c) Comercio internacional: toda actividad de importación y exportación, sin importar monto o volumen.

👉 En resumen: si tu entidad legal opera en México, lo más probable es que ahora esté obligada por la LFPIORPI.

2. Programas de Cumplimiento: De un Trámite a una Función Central del Negocio

Un manual genérico ya no basta. La ley exige un Programa de Cumplimiento formal, dinámico y basado en riesgos.

  • Implementación obligatoria para cada sujeto regulado.

  • Adaptación específica a los riesgos del sector, clientes, región y canales de operación.

  • Mínimos reforzados: evaluación de riesgos, listas de sanciones y PEPs, protocolos de escalamiento y reporte de operaciones inusuales.

3. Responsabilidad de Directores y Administradores: Ahora es Personal

La reforma establece un Deber de Supervisión para directores y altos ejecutivos.

  • Pueden ser responsables solidarios y personales por sanciones si el Programa de Cumplimiento no es efectivo.

  • El Consejo de Administración o Comité de Auditoría debe aprobarlo anualmente y dejar constancia en actas.

4. Reportes y Facultades de la UIF Reforzadas

  • Estructuras complejas: obligación de reportar a la UIF cualquier uso de fideicomisos o vehículos que oculten al beneficiario final.

  • Órdenes de congelamiento: la UIF puede ordenar directamente la inmovilización de activos o suspensión de operaciones sin orden judicial.

5. Sanciones Más Severas

El costo del incumplimiento se eleva de manera drástica:

  • Multas hasta por el 10% de los ingresos brutos anuales.

  • Suspensión de operaciones de 90 días a 5 años.

  • Inhabilitación de representantes legales.

  • Mayor riesgo de extinción de dominio sobre los bienes de la empresa.

Conclusión

Las reformas a la LFPIORPI 2025 marcan el inicio de una nueva era de responsabilidad corporativa en México. El cumplimiento ya no es un trámite administrativo: es una prioridad estratégica y un deber de la alta dirección.

En Ojeda y Caro Abogados podemos ayudarte a diseñar un plan de acción inmediato para determinar si tus operaciones caen dentro de la definición ampliada de Actividades Vulnerables y para implementar un Programa de Cumplimiento sólido.

📩 Contáctanos en contacto@ojedaycaro.com para más información.

Aviso Legal: Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. La aplicación de la ley depende de las circunstancias específicas de cada caso. Se recomienda contar con asesoría especializada en materia corporativa y de cumplimiento en México.

 
 
 

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